Fundamentos Legales de las Tic´s en Venezuela.
Hoy
en día, es necesario modernizar las técnicas en los procesos de
Enseñanza-Aprendizaje, considerando las nuevas tecnologías que representan nuestras
actividades diarias facilitando y comunicando los nuevos contenidos, avances,
teorías, entre otros.
En
términos generales, las leyes educativas, constitucionales y científicas, de
telecomunicaciones que respaldan el uso de las Tecnologías de la Información y
Comunicación, nacen con la intención de apoyar el desarrollo tecnológico de los
ciudadanos y ciudadanas venezolanos dando prioridad al ámbito educativo.
Con
base a esto, el Gobierno Venezolano tiene el compromiso de facilitar las
herramientas tecnológicas necesarias a la sociedad, comenzando con la
capacitación del su personal para que estos puedan suministrar los conocimientos
adecuados, presentes en los servicios de Internet, de Radio y Televisión.
La
meta principal, es atender un marco normativo que nos de garantía de las
innovaciones tecnológicas en lo educativo, social, económico, entre otros. En
primer lugar, podemos citar los artículos 108 y 110 de nuestra carta magna,
donde constituye que el estado garantizará los servicios de informática, radio,
televisión y redes de biblioteca, reconociendo el acceso universal de la
información en todos los sectores de la población como eje para el desarrollo
económico del país.
Asimismo,
la Ley Orgánica de Educación ampara las TIC, complementando en el artículo 9
"La incorporación y aplicación de las nuevas tecnologías en todas las
etapas del sistema educativo", así como también existe la Ley Orgánica de
Ciencia, Tecnología e Innovación, que dirige, organiza y establece los
proyectos que se llevarán a cabo en materia de tecnología, impulsando la
implementación adecuada de los componentes establecidos en la ley.
Conjuntamente
coexisten tres decretos importantes que avalan las Tecnologías:
·
El 825: que declara
el acceso y el uso de internet como política prioritaria para el desarrollo
cultural, económico y social del país, así como también en uno de sus artículos
señala que el antiguo Ministerio de Educación Cultura y Deportes dictará las
directrices para instruir sobre el uso de internet, es decir, no sólo lo
incorpora sino lo regula para su correcto funcionamiento.
·
El decreto 3.390: impulsa
el software libre en todas las instituciones de administración pública,
desarrollado con estándares abiertos, para no limitar a las personas al uso de
una licencia privada, principalmente a las instituciones educativas.
·
El 1.290: que viene a
formar parte en el año 2.008 del Ministerio de Ciencia y Tecnología el cual
define las estrategias y lineamientos que orientan todas las políticas en
materia Tecnológica.
Dentro
de este conjunto de leyes la LOPNA en uno de sus artículos establece la
inclusión a los niños y los adolescentes en todos los aspectos de investigación
Tecnológica y por último la Ley de Telecomunicaciones que está encargada de
promover el desarrollo de los proyectos que se relacionen con la transferencia
tecnológica y uso de los equipos.
LEY PLAN DE LA PATRIA
El
Plan de la Patria 2013 – 2019 es el testamento político que nos dejó el
Comandante Hugo Chávez, y cuyo objetivo reside en la necesidad de acelerar la
transición al socialismo y la restitución del poder al pueblo.
En
esta, Venezuela apuesta a la paz, pero para alcanzar la paz es necesario
prepararse para la Guerra o el Conflicto, conformando el poderío militar para
la defensa de la Patria; acompañado este esfuerzo con la profundización e
integración de la soberanía nacional y la equidad socio-territorial a través de
los siguientes Ejes de Desarrollo Integral: Norte Llanero, Apure-Orinoco,
Occidental y Oriental, Polos de Desarrollo Socialista, Distritos Motores de
Desarrollo, las Zonas Económicas Especiales y Redes.
Estas
organizaciones sociales, impulsaran el desarrollo de ciudades bajo criterios de
sustentabilidad, implementando la ciudad compacta como modelo de desarrollo
urbano sustentable, con edificaciones de baja altura y alta densidad, y
fomentando la economía de espacios y recursos como medio para lograr el crecimiento
urbano equilibrado, donde se consolida la democratización y accesibilidad de
toda la población en ciudades, privilegiando el uso del transporte colectivo,
espacios adecuados para la circulación ciudadana en la trama urbana,
implementando planes de habilitación de espacios públicos en los centros
poblados y rehabilitando las edificaciones de equipamiento urbano existentes.
LEY DE INFOGOBIERNO Y CONEXA
La
Ley de Infogobierno resume en su esencia, la creación de las condiciones para
la modernización del Estado, gracias al gobierno, que da plenas garantías para
el desarrollo tecnológico de la nación. El gobierno electrónico es el uso de
las tecnologías de la información y el conocimiento en los procesos internos de
gobierno, en la entrega de los productos y servicios del Estado.
Esto
implica que con base al instrumento legal, tendremos el derecho y también el
deber de ser una nación que domine sus medios tecnológicos y evite el control
de intereses injerencistas y ajenos al desarrollo a través de la ciencia y la
innovación. Asimismo, este instrumento legal le permite al gobierno dominar el
burocratismo y al mismo tiempo ofrecer servicios para mejorar la calidad de
vida del pueblo.
Asimismo,
la Ley que los poderes públicos indican que deben dotarse de una plataforma
tecnológica integrada, bajo el control y administración del Estado, por lo que
resulta materia prioritaria la formación del recurso humano, para garantizar
pleno ejercicio de la soberanía tecnológica y desarrollo nacional.
La
ley reconoce el emprendimiento y empoderamiento que puedan llevar adelante los
creadores, investigadores, usuarios y comunidades, y de forma especial impulsa
la conformación de las comunas de tecnologías libres.